Sección

ARTÍCULOS


Números anteriores


Enlaces rápidos
FACULTAD
Campus
Leche
Anatomía
Rural
Fisiología
Post-Grado
Boer
Personajes
Aún esperamos
Varios

Preguntas
Nuevo artículo
Nuevo sitio
Opiniones

¡Califíquenos!

Necesitamos saber cómo encuentra nuestro sitio y cómo podemos mejorarlo.

Actualizado
21/07/01 6:26 PM


Código de Ética del Colegio Médico Veterinario
EED :: Artículos :: Junio 2001 :: Código de ética ... [4]

TITULO III: DE LAS RELACIONES DEL MÉDICO VETERINARIO CON EL COLEGIO

Artículo 19º El Médico Veterinario está obligado a acatar los acuerdos y resoluciones dadas por la Asamblea General, el Consejo Nacional y los Consejos Regionales del Colegio Médico Veterinario de Chile A.G., así como al cumplimiento fiel de sus Estatutos y Reglamentos y de los compromisos económicos contraídos con la institución.

Artículo 20º Quienes asuman cargos de representación gremial están obligados moralmente a desempeñar con eficiencia, esmero y lealtad tales responsabilidades.

Artículo 21º El Médico Veterinario debe hacia el Colegio y sus organismos lealtad y colaboración. Está obligado a discutir en el seno de la institución todos aquellos problemas que le afecten profesional- mente evitando todo comentario fuera de éste, que lesione la dignidad y honorabilidad del cuerpo colegiado y de sus representantes.


Webmaster  2001

EL ESPÉCULO Digital © Centro de Alumnos de Medicina Veterinaria
Facultad de Medicina Veterinaria - Universidad de Concepción, Campus Chillán
Avenida Vicente Méndez 595, Chillán, Chile
Fono: 09-764 9597 Fax: 42-275315 Email: [email protected]